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Estudiar legislación sobre la Covid-19 es estar a la última

Publicado por Academia Albanta en

La aparición de la Covid-19 ha cambiado muchas cosas en nuestra vidas. Para las personas opositoras también y les exige estar atentas a los cambios. En esta entrada nos detendremos en la legislación que afecta al Coronavirus.

Hasta diciembre del 2020, el Real Decreto 664/1997, clasificaba la familia de virus Coronaviridae en el grupo 2 de riesgo biológico.

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Pero con la modificación de la Orden TES/1180/2020, de 4 de diciembre, se realiza una modificación en la clasificación de esta familia de virus.

Orden TES/1180/2020, de 4 de diciembre, por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Los coronavirus del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV y SARS-CoV 2) junto con el coronavirus del síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS-CoV), pasan a clasificarse como grupo de riesgo biológico tipo 3.

¿Esta modificación tiene alguna otra repercusión? Pues sí, afecta a las medidas de contención que se aplican a cada grupo de riesgo biológico y que podréis encontrar en el Real Decreto.